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A las 9.30 horas de hoy se retomó la audiencia de formalización en contra de la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga y otros cinco ex funcionarios municipales, por fraude al Fisco por un monto cercano a los $ 31 mil millones y falsificación de instrumento público.

Ya este martes en la primera jornada de la formalización el 9° Juzgado de Garantía de Santiago acogió las medidas cautelares que solicitó fiscalía, para tres de los seis imputados, en el marco del juicio por fraude al fisco y corrupción que enfrenta la exedil y otros cinco de sus colaboradores.

De las tres cautelares que acogió el Tribunal, se encuentra el arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para Andrea Díaz, exadministradora municipal; y para María Isabel Palma, otrora directora subrogante de administración y finanzas, y luego como directora subrogante de control. Mientras que, para Andrea Monsalve, a quien Barriga contrató como periodista y que habría falsificado su título profesional, se determinó firma mensual y arraigo nacional.

Hoy, en tanto, se esperan las cautelares en contra de Ana María Cortés, y la ex jefa comunal contra quien la Fiscalía solicitó prisión preventiva.

Los hechos por los cuales es formalizada la otrora autoridad habrían ocurrido entre los años 2016 y 2021 con carácter reiterado, y el Consejo de Defensa del Estado también se hizo parte de la causa con la presentación de una querella criminal.

En medio de la audiencia, la Fiscalía responsabilizó a Barriga de instalar una “gobernanza fraudulenta”, asegurando que la ex jefa comunal defraudó o permitió que se defraudara el patrimonio fiscal mediante la implementación de una estructura orgánica administrativa de disponibilización fraudulenta de recursos.

Según la Fiscalía el objetivo del mecanismo era “descomponer, impedir y bloquear los mecanismos de control establecidos por la ley”.

Mediante dicho mecanismo, dijo la Fiscalía, Barriga “realizó u ordenó realizar con patrimonio fiscal multimillonarias adquisiciones arbitrarias de bienes y servicios que no se condicen con las finalidades legalmente establecidas para los municipios, contexto en que también estableció contrataciones a honorarios improcedentes”.

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